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TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE ADHESION

TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE ADHESION PARA CIUDADANOS 

La MUNICIPALIDAD DE SAN FERNANDO  ha diseñado un sistema innovador de apoyo a la seguridad ciudadana denominado ALERTA SAN FERNANDO (en adelante el "SERVICIO ALERTA SF o el "SERVICIO”), que permite conectar, mediante una aplicación, a los teléfonos celulares, alertando de manera más eficiente ante situaciones de emergencia. Así los ciudadanos podrán advertir rápidamente al Centro de Operaciones San Fernando (en adelante "COSF”) frente a situaciones de inseguridad, como robos, asaltos, incendios u otros incidentes que afecten la seguridad de los ciudadanos.


El objetivo del Servicio es incorporar un nuevo canal de comunicación, permitiendo un vínculo rápido entre el COSF y los ciudadanos, consistente en la recepción de señales a través de la red tecnológica preexistente, conocida y utilizada por todos. 


Este sistema resulta de fácil implementación, puesto que ante un robo, un asalto, o cualquier situación de emergencia, los ciudadanos podrán enviar una señal, a través de la aplicación, reportando al COSF el incidente. Dicha aplicación cuenta con los servicios  de bomberos, policía o servicios de salud, pudiendo optar por la que requiera.  Al presionar la opción requerida, se remitirá una  alerta inmediata al COSF, donde  un operador visualizará en pantalla la ubicación, número de teléfono, nombre del ciudadano  que esté reportando el incidente y servicio requerido.

Para corroborar información, el COSF se comunicará telefónicamente con el ciudadano solicitante, y  en caso de no contestar, se enviará de todas formas un móvil de Protección Ciudadana.
Con la llegada del/los móviles del COSF al domicilio denunciado y siempre que no se requiera persecución y/u otra intervención, se tendrá por cumplido el Servicio que dio origen a la alerta.


Tratándose de un hecho de emergencia, el solicitante se obliga a realizar un uso responsable y razonable de la herramienta. 




I. DEL SERVICIO


I.1.  El objeto del servicio es la adhesión del ciudadano al sistema, permitiendo que envíe señales a través de la aplicación al COSF, a los efectos de alertar de manera rápida ante situaciones de inseguridad, robos, asaltos, incendios y otros incidentes que afecten o pudieran afectar la seguridad de los ciudadanos. 



I.2. El Servicio se regirá según lo establecido por los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES, determinados en  esta  Solicitud.  El Municipio podrá en cualquier momento modificar las condiciones del servicio, por conveniencia y/o merito, las que serán notificadas al solicitante telefónicamente y/o por mail. 



I.3. El Solicitante reconoce y acepta que la calidad de la prestación del Servicio se  sujeta a cuestiones fuera del alcance del MUNICIPIO, tales como el debido funcionamiento del sistema telefónico y/o Internet en los dispositivos del  solicitante que se adhiere. En caso de detectar algún tipo de falla o deficiencia en su sistema telefónico o de internet, el Solicitante se compromete a notificar inmediatamente al teléfono de ATENCION AL VECINO 0800-777-6864 y/o a su dirección de correo electrónico vecinos@sanfernando.gob.ar.


I.4. EL SOLICITANTE RECONOCE, DECLARA Y ACEPTA EXPRESAMENTE que el Servicio no constituye un sistema de seguridad, ni de prevención contra el delito; sino que el mismo es un sistema de alarma que permite conectarse con mayor celeridad y seguridad con el COSF.

 En este sentido, el solicitante comprende y declara expresamente que el MUNICIPIO no será responsable por los daños, directos o indirectos de cualquier naturaleza y por el lucro cesante emergentes de la interrupción y/o falla de comunicación del Servicio, total o parcial; así como tampoco de los efectos directos e indirectos, mediatos o inmediatos que la/s contingencia/s pudiere generar a las personas involucradas en los hechos que disparen la utilización del presente servicio.


II. DEL USO DEL SERVICIO
El Solicitante reconoce y acepta la importancia de realizar un uso responsable del Servicio reservando su uso únicamente para las ocasiones en las que el mismo sea realmente requerido y conforme las disposiciones legales y/o, reglamentarias y/o , los TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES no haciéndolo de modo que puedan resultar daños al MUNICIPIO, al Servicio y/o a terceros y/o que, de alguna manera implique poner en riesgo bienes o personas, asumiendo todas las responsabilidades que de ello emanaren. La falta de cumplimiento con tal recaudo habilitará al MUNICIPIO a cancelar el Servicio, sin necesidad de notificación previa, sin perjuicio de reclamar los daños y perjuicios que ocasionara. El incorrecto o defectuoso uso del Servicio por el Solicitante o un tercero por el que éste deba responder, habilitará al MUNICIPIO a iniciar las acciones legales que correspondan a fin de resarcir el daño que el uso irregular o indebido del Servicio pudiera haber causado. Asimismo, dicho uso indebido por parte del solicitante podrá ser considerado como falsa denuncia (art. 245 del Código Penal).


III. DEL PLAZO
El MUNICIPIO proporcionará el Servicio a partir de la fecha de su aceptación por este  de la solicitud y por tiempo indeterminado hasta tanto no se produzca una rescisión del Servicio por alguna de las situaciones previstas en la presente Solicitud o en los TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES o una terminación de la prestación del Servicio en general.


IV. DEL COSTO DEL SERVICIO
El Servicio es brindado por el MUNICIPIO en forma gratuita a todos los Solicitantes cuya solicitud sea aceptada, y que cuenten con  las herramientas requeridas.    Solo generará cargos en los casos que se compruebe mal uso/ uso indebido y/o cualquier otra forma que no sean las contempladas. 


V. DE LAS HERRAMIENTAS DEL SERVICIO
Para hacer uso del Servicio, el Solicitante utilizará la herramienta tecnológica que posea a su propio costo y cargo. El MUNICIPIO es tercero ajeno a la vinculación contractual y/o extracontractual que tenga o pueda tener en el futuro el Solicitante con la empresa proveedora del servicio telefónico/ de internet.


VI. DE LA CANCELACIÓN DEL SERVICIO
VIII.1. El MUNICIPIO tendrá derecho a cancelar el Servicio en cualquier momento, sin necesidad de expresión de causa, pudiendo notificar al solicitante en su domicilio real, pero sin que ello sea requisito previo.


VI.2. El Solicitante puede cancelar el Servicio notificando por escrito tal decisión al MUNICIPIO, quien procederá a dar la baja a la brevedad. 


VII. DE LA INTRANSFERENCIA
El Solicitante no podrá transferir ni ceder, ni onerosa ni gratuitamente el Servicio a terceros sin previo consentimiento y autorización por escrito del MUNICIPIO.


X. DE LOS DOMICILIOS
Para todos los efectos y comunicaciones derivadas de la solicitud de servicio y/o de la prestación del mismo, se constituyen los siguientes domicilios donde serán válidas todas las comunicaciones:
SOLICITANTE: en el domicilio indicado en la solicitud.
MUNICIPIO: Madero 1218, Partido de San Fernando.
Dichos domicilios se considerarán subsistentes hasta que se notifique nuevo.


XI. DE LA JURISDICCIÓN

Para todos los efectos derivados de la solicitud y/o de la prestación del servicio, las partes se someten a la Jurisdicción del Fuero Contencioso Administrativo del Departamento Judicial San Isidro, Provincia de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que les corresponda o pueda corresponderle en el futuro.


En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de San Fernando, a los....... días del mes de......................... de.........

 

 





La adhesión al Servicio se realiza ingresando a la página web de la Municipalidad y completando el respectivo formulario de SOLICITUD DE SERVICIO que se adjunta a continuación. 



SOLICITUD DE SERVICIO
ALERTA SAN FERNANDO -    TERMINOS Y CONDICIONES CON CIUDADANOS


I. SOLICITUD DE SERVICIO
La presente solicitud  para la instalación y activación del Servicio Alerta SF deberá ser completada en la página web de la Municipalidad (en adelante, el “MUNICIPIO”), quedando supeditada a la aceptación por parte de esta.   El MUNICIPIO se reserva la facultad discrecional y unilateral de determinar el ingreso y egreso del solicitante al sistema, no debiendo expresar causa alguna, lo que es aceptado expresamente por el ciudadano solicitante. La aceptación del solicitante por parte del MUNICIPIO se tendrá por operada con la validación que el mismo realice al solicitante, mediante el llamado telefónico que indique que se encuentra dentro del sistema. En caso de negativa, el MUNICIPIO no deberá expresar causa alguna por ello. 

De la misma forma, de presentarse imposibilidades técnicas y/o cualquier otra circunstancia que impidiera la activación y/o suspensión y/o interrupción del Servicio, el MUNICIPIO no deberá dar expresa causa alguna ni será responsable de tal situación. 

 

II. DEL SOLICITANTE
El Solicitante ....................................................................................................., DNI................................., con domicilio real  en………………………………………………….. .............................................................., Partido de San Fernando, Número de cuenta de servicios municipales …………………………., denunciando como teléfono de línea de contacto el número …………………………………
El Solicitante posee como herramienta tecnológica un celular cuyo número es  …………………………., correspondiente a la empresa prestadora de servicios ……………………………………………………………..

El solicitante se obliga a informar en el plazo de 24 horas, cualquier cambio en el domicilio real o en el número telefónico, bajo apercibimiento de dar de baja el servicio.




III. DE LA JURISDICCIÓN

Para todos los efectos derivados de la solicitud y/o de la prestación del servicio, las partes se someten a la Jurisdicción del Fuero Contencioso Administrativo del Departamento Judicial San Isidro, Provincia de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que les corresponda o pueda corresponderle en el futuro.


En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de San Fernando, a los....... días del mes de......................... de.........


















































SISTEMA ALERTA SAN FERNANDO TERMINAL DE PUNTO DE VENTA


La MUNICIPALIDAD DE SAN FERNANDO ha diseñado un sistema innovador de apoyo a la seguridad ciudadana denominado ALERTA San Fernando POR TERMINAL DE PUNTO DE VENTA (en adelante el "SERVICIO ALERTA SF TPV” o el "SERVICIO”), que permite conectar los dispositivos de las terminales de venta por tarjetas de crédito/ débito, transformándolas en alarmas silenciosas ante emergencias. De esta manera los comercios, locales, centros de venta y otros establecimientos que incorporen esta tecnología podrán alertar de manera rápida al Centro de Operaciones San Fernando (en adelante "COSF”) ante situaciones de inseguridad,  como  robos, asaltos, incendios u otros incidentes que afecten la seguridad de los ciudadanos.


El objetivo del Servicio es incorporar un nuevo canal de comunicación que permita un vínculo rápido entre el COSF y los ciudadanos mediante estos dispositivos que, en la gran mayoría de los casos, ya se encuentran instalados en comercios. 


Este sistema resulta de fácil implementación,  puesto que ante un robo, un asalto o cualquier situación de emergencia, los comercios adheridos podrán optar en su Dispositivo TPV  por el servicio de POLICIA, BOMBEROS Y/O SERVICIOS DE SALUD, dependiendo el servicio que requiera, enviando la señal de alerta  de manera silenciosa e inmediata al COSF, donde se visualizará en pantalla la ubicación, nombre del local o comercio que esté reportando el incidente y servicio que requiere.

Para corroborar información, el COSF se comunicará telefónicamente con el ciudadano solicitante, y en caso de
no contestar el llamado, de todas formas,  se enviará un móvil de Protección Ciudadana, siempre que la disponibilidad de móviles así lo permita. 


Este servicio estará disponible para quienes ya posean terminales de tarjeta de crédito/ debito instaladas.

La adhesión al Servicio se realiza ingresando a la página web de la Municipalidad y completando el respectivo formulario de SOLICITUD DE SERVICIO que se adjunta a continuación.



En el caso de los establecimientos que no cuenten con una terminal TPV o el servicio de transacciones por tarjeta de crédito/debito
, la Municipalidad de San Fernando, mediante un acuerdo con empresas proveedoras del dispositivo TPV,  ha logrado un abono diferencial que permite que quienes no realicen transacciones de ventas mediante débito o crédito puedan obtener el uso de la terminal TPV a un precio diferencial.



I. DEL SERVICIO


I.1.  El Servicio objeto de la presente Solicitud consiste en adherir al mismo al comercio al sistema, permitiendo que se envíe una alarma silenciosa al Centro de Operaciones San Fernando (en adelante COSF)  ante situaciones de inseguridad, robos, asaltos, incendios u otros incidentes que afecten o pudieran afectar la seguridad de los ciudadanos.

Tratándose de un hecho de emergencia, el solicitante se obliga a realizar un uso responsable y razonable de la herramienta. 



I.2. El Servicio se regirá según lo establecido por los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES. El Municipio podrá en cualquier momento modificar las condiciones del servicio, las que serán notificadas al solicitante telefónicamente y/o por mail. 


I.3. El Solicitante reconoce y acepta que la calidad de la prestación del Servicio se  sujeta a cuestiones fuera del alcance del MUNICIPIO, tales como el debido funcionamiento del sistema telefónico y/o Internet en la TPV del  solicitante que se adhiere. En caso de detectar algún tipo de falla o deficiencia en su sistema telefónico o de internet, el Solicitante se compromete a notificar inmediatamente al teléfono de ATENCION AL VECINO 0800-777-6864 y/o a su dirección de correo electrónico vecinos@sanfernando.gob.ar.


I.4 EL SOLICITANTE RECONOCE, DECLARA Y ACEPTA EXPRESAMENTE que el Servicio no constituye un sistema de seguridad, ni de prevención contra el delito; sino que el mismo es un sistema de alarma que permite conectarse con mayor celeridad y seguridad con el COSF. En este sentido, el solicitante comprende y declara expresamente que el MUNICIPIO no será responsable por los daños, directos o indirectos de cualquier naturaleza y por el lucro cesante emergentes de la interrupción y/o falla de comunicación del servicio, total o parcial; así como tampoco de los efectos directos e indirectos, mediatos o inmediatos que la/s contingencia/s pudiere generar a las personas involucradas en los hechos que disparen la utilización del presente servicio.


II. DEL USO DEL SERVICIO
El solicitante reconoce y acepta la importancia de realizar un uso responsable del Servicio reservando su uso únicamente para las ocasiones en las que el mismo sea realmente requerido y conforme las disposiciones legales y/o, reglamentarias y/o, las TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES, no haciéndolo de modo que puedan resultar daños al MUNICIPIO, al servicio y/o a terceros y/o que, de alguna manera implique poner en riesgo bienes o personas, asumiendo todas las responsabilidades que de ello emanaren. La falta de cumplimiento con tal recaudo habilitará al MUNICIPIO a cancelar el servicio, sin necesidad de notificación previa, sin perjuicio de reclamar los daños y perjuicios que ocasionara. El incorrecto o defectuoso uso del Servicio por el solicitante o un tercero por el que éste deba responder, habilitará al MUNICIPIO a iniciar las acciones legales que correspondan a fin de resarcir el daño que el uso irregular o indebido del Servicio pudiera haber causado. Asimismo, dicho uso indebido por parte del solicitante podrá ser considerado como falsa denuncia (art. 245 del Código Penal).


III. DEL PLAZO
El MUNICIPIO proporcionará el servicio a partir de la fecha de aceptación de la solicitud y por tiempo indeterminado hasta tanto no se produzca una rescisión del Servicio por alguna de las situaciones previstas en los TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES o una terminación de la prestación del servicio en general.


IV. DEL COSTO DEL SERVICIO
El Servicio es brindado por el MUNICIPIO en forma gratuita a todos los Solicitantes cuya solicitud sea aceptada, y que cuenten con  las TPV requeridas.    Solo generará cargos en los casos que se comprueben incumplimientos a los TERMINOS Y CONDICIONES del presente.


V. DE LAS HERRAMIENTAS DEL SERVICIO
Para hacer uso del Servicio, el solicitante utilizará el TPV que posea, con la conexión telefónica/ de internet a su propio costo y cargo. El MUNICIPIO es tercero ajeno a la vinculación contractual y/o extracontractual que tenga o pueda tener en el futuro el solicitante con la empresa proveedora del servicio telefónico/ de internet.


VI. DE LA CANCELACIÓN DEL SERVICIO
VI.1. El MUNICIPIO tendrá derecho a cancelar el servicio en cualquier momento, sin necesidad de expresión de causa, pudiendo notificar al solicitante en su domicilio real, pero sin que ello sea requisito previo.
VI.2. El Solicitante puede cancelar el Servicio notificando por escrito tal decisión al MUNICIPIO, quien procederá a dar la baja a la brevedad.


VII. DE LA INTRANSFERENCIA
El Solicitante no podrá transferir ni ceder el servicio a terceros sin previo consentimiento y autorización por escrito del MUNICIPIO.


VIII. DE LOS DOMICILIOS
Para todos los efectos y comunicaciones derivadas de la Solicitud de Servicio y/o de la prestación del mismo, se constituyen los siguientes domicilios donde serán válidas todas las comunicaciones:
SOLICITANTE: en el domicilio indicado en la solicitud.
MUNICIPIO: Madero 1218, Partido de San Fernando.
Dichos domicilios se considerarán subsistentes hasta que se notifique nuevo.


IX. DE LA JURISDICCIÓN

Para todos los efectos derivados de la Solicitud y/o de la Prestación del Servicio, las partes se someten a la Jurisdicción del Fuero Contencioso Administrativo del Departamento Judicial San Isidro, Provincia de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que les corresponda o pueda corresponderle en el futuro.


En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de San Fernando, a los....... días del mes de......................... de.........






 

IMPORTANTE


El reporte NO se realiza si:
1) No tiene correctamente enchufada la terminal.
2) No tiene conexión telefónica habilitada para la terminal.
3) No posee acuerdo vigente de uso con su proveedor de terminal.
4) La terminal TPV fue reemplazada por una no identificada en el sistema.
5) La terminal TPV fue trasladada a otro sitio y el número telefónico utilizado no coincide con el inscripto en la adhesión.


SOLICITUD DE SERVICIO
ALERTA SAN FERNANDO TERMINAL DE PUNTO DE VENTA -    TERMINOS Y CONDICIONES CON CIUDADANOS


I. SOLICITUD DE SERVICIO
La presente Solicitud para la instalación y activación del Servicio Alerta SF TPV deberá ser completada en la página web de la Municipalidad (en adelante, el “MUNICIPIO”), quedando supeditada a la aceptación por parte de esta.   El MUNICIPIO se reserva la facultad discrecional y unilateral de definir el ingreso y egreso del solicitante al sistema de Servicio Alerta SF TPV, no debiendo expresar causa alguna, lo que es aceptado expresamente por el ciudadano solicitante. La aceptación del solicitante por parte del MUNICIPIO se tendrá por operada con la validación que el mismo realice al solicitante, mediante el llamado telefónico que indique que se encuentra dentro del sistema. En caso de negativa, el MUNICIPIO no deberá expresar causa alguna por ello.

En caso de presentarse imposibilidades técnicas y/o cualquier otra circunstancia que impidiera la activación y/o suspensión y/o interrupción del Servicio, el MUNICIPIO no se hará responsable frente al Solicitante ni ante terceros de tal situación. 

 

II. DEL SOLICITANTE
El Solicitante ....................................................................................................., DNI ................................., con domicilio real en………………………………………………….. .............................................................., Partido de San Fernando, Número de cuenta de servicios municipales …………………………., denunciando como teléfono de línea de contacto el número ………………………………..
El Solicitante posee  un comercio, local, centro de venta sito en …………….y cuenta con una terminal de punto de venta, conectada a un teléfono cuyo número es…………., o red de internet, correspondiente a la empresa prestadora de servicios ……………………………………………………………..

El solicitante se obliga a informar en el plazo de 24 horas, cualquier cambio en el domicilio real o en el número telefónico, bajo apercibimiento de dar de baja el servicio.


III. DE LA JURISDICCIÓN

Para todos los efectos derivados de la Solicitud y/o de la Prestación del Servicio, las partes se someten a la Jurisdicción del Fuero Contencioso Administrativo del Departamento Judicial San Isidro, Provincia de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que les corresponda o pueda corresponderle en el futuro.


En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de San Fernando, a los....... días del mes de......................... de.........




Atención vecinal

0800-777-6864
vecinos@sanfernando.gov.ar